Circular N° 3914: coordinación preventiva en lugares de trabajo compartidos
La Circular N° 3914 de la SUSESO refuerza la importancia de la coordinación, cooperación e intercambio de información preventiva entre entidades empleadoras y personas trabajadoras independientes que comparten un mismo lugar de trabajo.
Esta instrucción se relaciona con el artículo 20 del D.S. N° 44 de 2023 y pone énfasis en la necesidad de coordinar acciones preventivas cuando varias empresas, o una empresa junto a trabajadores independientes, desarrollan actividades en una misma faena, instalación o centro de trabajo. En estos casos, no solo debe existir cooperación, sino también información mutua sobre los riesgos laborales existentes, las medidas preventivas adoptadas y los planes de emergencia, catástrofe o desastre que resulten aplicables.
La circular también instruye a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 para que otorguen asistencia técnica en esta materia. Dicha asistencia debe incluir la difusión de estas obligaciones, la entrega de una guía de apoyo, actividades de capacitación y cápsulas informativas sobre riesgos que puedan afectar transversalmente a quienes comparten un mismo lugar de trabajo. Entre estos riesgos se consideran, por ejemplo, ruido, radiaciones ionizantes, sustancias químicas peligrosas o inflamables, condiciones inseguras que puedan provocar accidentes y riesgos asociados a emergencias y desastres. Además, estas acciones deben contemplar un enfoque inclusivo y de género.
Un aspecto relevante es que el Anexo N° 70 de la circular define los elementos mínimos de la guía para la coordinación, cooperación e información de la actividad preventiva en lugares de trabajo compartidos. Entre sus etapas se consideran la conformación del equipo de trabajo, el diagnóstico participativo, la implementación y articulación participativa, el conocimiento de los riesgos asociados, el seguimiento y evaluación, y el registro de las actividades preventivas. Con ello, se busca que la prevención en espacios compartidos sea ordenada, participativa y verificable.
En términos prácticos, esta circular invita a las organizaciones a revisar cómo están gestionando sus actividades concurrentes, cómo intercambian información preventiva con terceros y cómo dejan evidencia de estas acciones. Más que una exigencia meramente formal, representa una herramienta para reducir interferencias, mejorar la comunicación entre actores y fortalecer la seguridad y salud en el trabajo en contextos donde varias actividades conviven en un mismo espacio. El registro de reuniones, acuerdos y acciones implementadas pasa a ser especialmente importante para demostrar cumplimiento ante eventuales fiscalizaciones.
¿Por qué es importante?
Cuando distintas empresas o trabajadores independientes comparten una misma faena, los riesgos de una actividad pueden afectar directamente a terceros. Por eso, la coordinación preventiva deja de ser solo una buena práctica y se convierte en un elemento esencial para una gestión de riesgos moderna, ordenada y alineada con la normativa vigente.
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